Los CETES (Certificados de la Tesorería de la Federación) son el vehículo de inversión de menor riesgo en México, pues están respaldados por el gobierno federal. Cuando una persona coloca 10,000 pesos a través de la plataforma Cetesdirecto el pago de intereses está sujeto a una retención provisional del ISR establecida por la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR). Esta retención no es el impuesto definitivo; actúa como un anticipo que será ajustado al presentar la declaración anual.
Retención provisional de ISR en CETES (2026)
Cálculo de la retención para 10,000 pesos
El artículo 135 de la LISR indica que la retención se calcula aplicando la tasa anual del 0.90 % sobre el capital, prorrateada según los días del plazo y tomando 365 como base. Así, la estimación para una inversión de 10,000 pesos queda de la siguiente forma: a 28 días se retienen 6.90 pesos a 91 días 22.44 pesos a 182 días 44.88 pesos y a 364 días 89.75 pesos. Los montos pueden variar levemente según el número exacto de días que cubra la operación y el método que aplique cada institución financiera.
Ejemplo de rendimiento neto
Herramientas como la calculadora CETES de Finyana utilizan la tasa de la última subasta primaria del Banco de México y aplican dos fórmulas distintas: el rendimiento bruto se obtiene con la tasa anual multiplicada por el capital y por los días, usando 360 días como base (norma de Banxico); la retención de ISR se calcula como capital × 0.90 % × días / 365. Por ejemplo, con una tasa ilustrativa del 7 % anual y un plazo de 182 días, el rendimiento bruto sería de 353.89 pesos, la retención correspondería a 44.88 pesos y el rendimiento neto resultante sería 309.01 pesos, lo que al vencimiento produciría un total de 10,309.01 pesos.
En la práctica, las tasas vigentes varían. Según los datos de la subasta más reciente, una tasa del 6.79 % produciría un rendimiento neto de 298.40 pesos, mientras que una tasa del 7.11 % elevaría el neto a 629.15 pesos Estos cálculos ya incluyen la retención del 0.90 % y permiten comparar el equivalente anual neto que oscila entre 5.44 % y 6.31 % según la tasa de subasta.
Proyección para reducción de la tasa de retención
Lo que propone la LIF
Dentro del Paquete Económico la Ley de Ingresos de la Federación plantea disminuir la tasa anual de retención del ISR sobre intereses del 0.90 % al 0.68 %. El artículo 24 de la iniciativa, además de fijar la nueva cifra, incorpora por primera vez la metodología de cálculo: se tomará la tasa de los CETES y la inflación proyectada en los Criterios Generales de Política Económica, y la tasa efectiva de ISR se basará en la declaración anual de 2025, que fue del 23.5 %.
Impacto en el inversor
Si la reforma se aprueba, la retención provisional será menor, lo que reducirá el desembolso inmediato al momento de la compra. Sin embargo, la naturaleza provisional de la retención permanece: el impuesto definitivo se determinará al calcular el interés real (intereses menos ajuste por inflación) en la declaración anual. Dependiendo de la inflación y del perfil fiscal del contribuyente, la diferencia retenida podrá resultar en un pago adicional o en un saldo a favor. Por tanto, aun con la reducción al 0.68 %, es esencial comparar el rendimiento neto esperado con la inflación para decidir si la inversión sigue siendo rentable.



